jueves, 15 de abril de 2010

El encubridor del defraudador de fluidos

El pasado 31 de marzo, el señor Israel Alberto Londoño presentó su informe de gestión en el auditorio del Concejo de Pereira. Entre vivas y aplausos de simpatizantes y de burócratas concejales, se le alcanzó a escapar una frase que seguramente le costará el cargo. Mientras hablaba sobre las buenas relaciones que tiene con los nuevos dueños de Energía, el señor Israel comentó lo siguiente: “Es triste, no voy a decir el nombre. Esta semana vino un empresario de la ciudad, yo lo conozco y me dijo: ¡venga, HMM, lléveme a la Empresa de Energía, ayúdeme en algo, yo la embarré!, y yo le dije ¿cómo así que la embarró?, me dijo: ¡Hombre, HMM sí, me hicieron una recomendación y hoy me-me descubrieron a mí un-un fraude de energía dentro de la empresa!”.

A primera vista, la historia no pasa de ser una ‘curiosa’ anécdota que utiliza Israel Londoño para contextualizar el problema del fraude en materia de servicios públicos y de lo importante del proceso de normalización que lleva a cabo la Empresa de Energía, sin embargo, el verídico relato del segundo al mando en la alcaldía, lejos de ser ‘educativo’, es una fiel muestra de su desprecio por la ‘cultura de la legalidad’ que hoy tanto pregona, a viva voz, como programa bandera de su gestión administrativa.

Vale la pena resaltar que el artículo 417 del Código Penal establece que “el servidor público que teniendo conocimiento de la comisión de una conducta punible cuya averiguación deba adelantarse de oficio, no dé cuenta a la autoridad, incurrirá en multa y pérdida del empleo o cargo público”. En el caso relatado se tipifica la conducta conocida como ‘defraudación de fluidos’, es decir, el empresario que Israel guardó celosamente el nombre se apropió de energía eléctrica en perjuicio de la Empresa de Energía, lo cual -a la luz del artículo 256 del Código Penal- debería sancionarse con una pena de prisión que iría entre 16 a 72 meses y con una multa que oscilaría entre 1.33 y 150 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Israel Londoño, públicamente, aceptó conocer de la defraudación de fluidos pero inexplicablemente no informó el caso ante la autoridad respectiva como era lo esperado, lo cual llevó a que configurara el tipo penal conocido como ‘abuso de autoridad por omisión de denuncia’. Tampoco puede concebirse el por qué un ciudadano busca a un alcalde para que lo ayude a solucionar un fraude, esto deja mucho que desear tanto de quien incurrió en la conducta reprochable, como en el funcionario, ya que deslegitimaría su autoridad. Si yo sé que un primer mandatario es inflexible con prácticas de corrupción, entonces ¿lo buscaría para que me solucionara un fraude cometido contra su propia administración?

A lo anterior, se le puede sumar la inactividad del señor Londoño en solicitar a las autoridades de control una oportuna investigación contra María Irma Noreña por el presunto enriquecimiento sin causa que ésta ha tenido en los años que lleva administrando a Aguas y Aguas. Para el segundo al mando vale más resguardar un funcionario cuestionado que defender una verdadera cultura de la legalidad que, obligatoriamente, debe pasar por el cumplimiento de las normas, la denuncia de actuaciones que contraríen el ordenamiento jurídico, el respeto a la ética pública y el apoyo irrestricto al control ciudadano sobre la gestión administrativa.

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