viernes, 11 de junio de 2010

Columna publicada el 11 de junio de 2010 en el periódico La Tarde

Pa’ los de ruana
CARLOS ANDRÉS ECHEVERRY RESTREPO


Contrario a lo que se cree, la mayor parte de las decisiones proferidas por los organismos de control contra servidores públicos, especialmente las de carácter disciplinario, terminan afectando a funcionarios de rango medio o bajo que, en la mayoría de ocasiones, no tienen ningún tipo de autoridad o mando en el sector oficial. Tampoco es desconocido que muchas veces los esfuerzos de dichos organismos se centran, por disposición de quienes los dirigen, en profundizar en bagatelas (v.gr. determinar por qué no se compraron dos rollos de papel higiénico de más, o por qué no aparecen 11.5 centímetros de pavimento en determinada obra, etc.) o en perseguir a enemigos políticos con el fin de ‘mostrar’ a la sociedad oportunos resultados en la ‘lucha’ contra la inmoralidad administrativa. Sin embargo, los verdaderos hechos de corrupción son obviados o, en algunos casos, revisados y fallados en forma turbia, interpretando de forma amañada las normas para mantener la impunidad, imponiendo así una suerte de connivencia del vigilante con los transgresores de cuello blanco.

Basta recordar el caso de Juan Manuel Arango Vélez. Aunque su decisión de privatizar el recaudo de impuestos fue prácticamente igual a aquella por la cual el ex alcalde de Cali fuera condenado severamente por la Procuraduría, no alcanzó para que dicho organismo lo condenara, lo absolvió fallando así un caso similar en forma distinta, en contravía del principio de igualdad en la aplicación de la Ley.

No menos sorprendente resulta el análisis de dos sentencias de segunda instancia proferidas por la Procuraduría Regional de Risaralda, en las cuales se imponen sanciones pírricas y absoluciones vergonzosas en dos casos claramente violatorios de las normas que rigen la función administrativa. Los fallos citados resolvían los recursos de apelación que interpuso Carlos Alberto Hernández Nieto, ex alcalde de Marsella, quien fuera encontrado responsable por la Procuraduría Provincial de Pereira, por cometer irregularidades en la contratación de la pavimentación de una vía y por fraccionamiento de contratos.

Frente al primer cargo, la Procuraduría Provincial le aplicó una inhabilidad general de 20 años para ejercer funciones públicas, mientras que por la acusación de fraccionamiento de contratos le impuso la destitución del puesto y una pena accesoria de otros 11 años de inhabilidad. Aunque la Procuraduría Regional de Risaralda confirmó que en el caso de la pavimentación de la vía se presentaron serias irregularidades, su floja interpretación de la culpa del ex mandatario fue suficiente para rebajar la inhabilidad de 20 años a 4 meses, mientras que para el segundo caso le absolvió de la destitución y de la inhabilidad de 11 años. Lo anterior refleja, de cuerpo entero, la máxima tradicional de que la justicia es pa` los de ruana: el funcionario de bajo rango, carente de fuerza política o de conexiones poderosas en Bogotá resulta siendo el chivo expiatorio del descomunal poder sancionatorio de la Procuraduría, mientras que el osado líder político termina absuelto de sus celebradas e inicuas triquiñuelas administrativas. Con esa administración de justicia no hay forma de derrotar a la corrupción.

2 comentarios:

  1. Dr. exelentes sus analisis, siempre consulto su blog, esa investigacion de la gerente de aguas y aguas y de el alcalde Israel Londoño, me parecieron exelentes, lo grave es que toda la ciudadania no se de cuenta de estas cosas que suceden lastimosamente en nuestra ciudad, gracias a pocas personas como ud vemos realmente la cara de nuestros dirigentes, mil y mil gracias

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  2. Carlos Andrés Echeverry Restrepo14 de junio de 2010, 15:50

    Cordial saludo amigo (a) de la Fundación Búsqueda y rescate:

    Le agradezco sus palabras y su apoyo moral, esperemos que las denuncias tengan eco en los organismos competentes.

    Carlos Andrés Echeverry Restrepo

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