sábado, 7 de agosto de 2010

Columna publicada en La Tarde el 06 de agosto de 2010

El falso concurso
CARLOS ANDRÉS ECHEVERRY RESTREPO


El 09 de junio de 2010, apareció publicada en la página de internet de la Universidad Tecnológica de Pereira una convocatoria para proveer dos plazas docentes de tiempo completo en la Licenciatura de Enseñanza de la Lengua Inglesa. Se determinaron unos requisitos para acceder a la convocatoria pública como ser profesional en lenguas modernas con título de maestría o doctorado en esas áreas y experiencia investigativa comprobada. No obstante, pese a que públicamente se hizo la invitación, manejos amañados dieron al traste con ella, es decir, se engañó a los profesionales que radicaron sus respectivas hojas de vida con la esperanza de clasificar en la contienda, la ‘convocatoria’ buscaba cubrir con un ilusorio manto de legalidad un proceso que resultó siendo asignado a dedo.

Las irregularidades en el simulado concurso comenzaron con la violación de varias disposiciones del Estatuto Docente de la Universidad que establecen el procedimiento para realizarlos, por ejemplo, el artículo 27 del Estatuto determina que sólo concursarán las hojas de vida radicadas en la Oficina de Archivo y Correspondencia de la Universidad, no obstante en este caso se señaló, inexplicablemente, a una oficina de la Facultad de Bellas Artes para el acopio de los documentos. Tampoco se determinaron los criterios bajo los cuales se examinarían las hojas de vida y en el Consejo de Facultad no se eligieron, como lo exige el Estatuto Docente, a los encargados de evaluar a los aspirantes.

Sin embargo, lo que se debe resaltar es la respuesta ofrecida por quien manejó la ‘convocatoria docente’ de marras. En un corto oficio, la Directora (e) del Departamento de Humanidades e Idiomas, Aura Margarita Calle Guerra, comentó que el llamado público aparecido en la página oficial de la Universidad no era tal, su propósito era simplemente “hacer un acopio de hojas de vida de posibles candidatos con el perfil señalado”, afirmación también incumplida por cuanto un ‘simple acopio’ de perfiles también debe respetar un procedimiento normativo con el fin de no incurrir en la violación de los derechos de los postulantes.

La Autonomía Universitaria no puede servir de mampara para incumplir con principios constitucionales y legales como los de igualdad, mérito, moralidad, eficacia, economía, imparcialidad, transparencia, celeridad y publicidad, que también le son aplicables a la Universidad Tecnológica de Pereira. La Alma Mater no puede seguir albergando feudos académicos que la desdibujan de su carácter público ni puede admitir que situaciones como la denunciada la pongan bajo un manto de duda frente a la ciudadanía.

Por último vale la pena resaltar las ironías de la vida: la señora Calle Guerra, quien de forma torticera intenta hacer creer que la convocatoria docente no era un concurso público, obtuvo su empleo gracias a la sentencia de un juez, ya que impugnó un concurso docente que en su criterio se había efectuado sin los requerimientos legales; hoy, con las particularidades aparejadas al poder, olvida de dónde vino y asume el mismo rol de aquellos que en un momento de su vida demandó judicialmente en detrimento de los legítimos derechos de los aspirantes a cargos docentes.

1 comentario:

  1. Hola ...Carlos lo felicito por su labor investigativa contra estas personas.

    ResponderEliminar

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.