Mogadores
CARLOS ANDRÉS ECHEVERRY RESTREPO
Mediante Resolución 2053 del 16 de junio de 2009, los señores Jairo Ordilio Torres y John Diego Molina, Secretarios de Planeación y de Gobierno respectivamente, dieron viabilidad técnica al uso temporal del espacio público con los llamados mogadores (estructuras metálicas que se fijan al piso para ubicar en ellas avisos o carteles publicitarios). El beneficiario de la autorización fue el señor Carlos Alberto Rodríguez, propietario del establecimiento comercial denominado PARE PUBLICIDAD. La Resolución permite la instalación de 32 mogadores en diferentes lugares y, al tiempo, los niega en 13 sitios que se encuentran dentro de un rango de 200 metros de distancia al Edificio Departamental de Rentas (declarado Monumento Nacional a través del Decreto 1896 de 1993). No obstante, PARE PUBLICIDAD instaló 5 mogadores en la zona prohibida (Calle 16 Plaza Victoria, Calle 17 con carreras 11 y 12, carrera 10 entre calles 17 y 16, Calle 18 centro comercial Victoria en los 2 accesos peatonales) violando así la Resolución 2053 de 2009 y la Ley 140 de 1994 que expresamente consagra la prohibición de ubicar publicidad exterior visual “Dentro de los 200 metros de distancia de los bienes declarados monumentos nacionales”.
Igualmente, el Acuerdo 78 de 2008 (Reglamento de aprovechamiento económico del espacio público) niega la posibilidad de situar mogadores en los frentes de predios de interés histórico, arquitectónico y cultural de la ciudad, sin embargo, el municipio autorizó la instalación de estos elementos frente a inmuebles declarados como tales por el Plan de Ordenamiento Territorial, es así como vemos 10 mogadores en la Plaza de Bolívar, uno en el Parque El Lago y otro enseguida de la carrera 7 con calle 23 esquina. También se dispusieron en tres sitios no incluidos en la Resolución 2053 de 2009 a saber: Calle 16 con carrera 13 bis, carrera 8 con calle 16 y carrera 8 con calle 15. Adicionalmente, PARE PUBLICIDAD incumplió el mandato, contenido en el Acuerdo 78 de 2008, de destinar el 20% de una de las caras del mogador para ubicar mensajes cívicos y/o institucionales. Ante el incumplimiento señalado, la respuesta de Control Físico ha sido contundente: ninguna actuación para sancionar a PARE.
Si a los 32 mogadores autorizados por la Resolución 2053 de 2009 le sumamos los 5 ubicados en sitios prohibidos, más 10 de la Plaza de Bolívar, más 3 que no se encuentran autorizados en el acto administrativo expedido por las Secretarías de Planeación y Gobierno, tendríamos un total de 51. Según cotización suministrada por PARE PUBLICIDAD, ubicar 1 cartel en cada una de las dos caras del mogador tiene un costo de $600.000 m/cte (sin IVA) lo cual le da una ganancia anual cercana a los 734 millones de pesos. Lo amargo del asunto es que por este ‘aprovechamiento del espacio público’ el municipio recibe cerca de 50 millones de pesos al año, mientras Carlos Alberto Rodríguez tiene ganancias netas de 684 millones en el mismo período.
Mención aparte merece la ocupación hecha frente a la antigua estación de ferrocarril -declarada como patrimonio arquitectónico local- con 10 vallas publicitarias; pese a que el Acuerdo 078 de 2008 lo prohíbe, el municipio lo consiente con total desfachatez. Con toda razón al alcalde ya se le conoce como “La Niña’: inundó a la ciudad con mogadores y vallas.
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a partir de la fecha, queda éste blog linkeado al mío: Corruptĭo
ResponderEliminarCordial saludo Orlando:
ResponderEliminarGracias por el comentario.
Carlos Andrés Echeverry Restrepo.